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A Díaz Mena no le importó romper el artículo 75 del Código de la Administración Pública de Yucatán

Díaz Mena rompe el artículo 75 del Código de la Administración Pública de Yucatán al nombrar a un funcionario que presuntamentre no cumpliría los requisitos.

De acuerdo con el artículo 75 del Código de la Administración Pública de Yucatán, los directores generales de organismos descentralizados serán nombrados por el gobernador del estado y deberán contar obligatoriamente con título de maestría y experiencia académica comprobable.

Pero tal parece que a Díaz Mena no le importó ni el grado académico requerido ni la experiencia de Ocampo Jiménez.

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