Deudores alimentarios no podrán solicitar el pasaporte mexicano

Las personas que son deudores alimentarios tienen ciertas restricciones a la hora de muchos procesos, como por ejemplo, no tener el pasaporte mexicano.

Deudores alimenticios no podrán solicitar el pasaporte mexicano
Crédito: Unsplash / Daiga Ellaby
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El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias ha llegado para hacer cumplir el pago de las pensiones, con el objetivo de hacer cumplir la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, misma que ha agregado nuevas dificultades legales para quienes sean deudores alimentarios

La creación de este registro añadió un nuevo requisito para los padres deudores alimentarios cuando desean hacer algunos trámites, entre los que destaca el pasaporte mexicano y en TV Azteca Yucatán tenemos todos los detalles.

El pasado 8 de mayo de 2023, el Diario Oficial de la Federación hizo la publicación del decreto en el que se reforman y adicionan varias disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Deudores alimentarios y pasaporte mexicano

Deudores alimenticios no podrán solicitar el pasaporte mexicano
Crédito: Unsplash / Kelli Mcclintock

En el Capítulo Tercero se especifica que por petición de la parte interesada, se va a emitir un certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. En ese sentido, se contempla en el artículo 135 Sexties, las autoridades de los tres niveles de gobierno (municipal, estatal y federal), están pidiendo este nuevo requisito para llevar a cabo cualquiera de los trámites que destaca el pasaporte mexicano.

El certificado que libera a las personas de ser deudores alimentarios se solicitará en un sitio web que aún no existe, pero que está en desarrollo, pero el documento tendrá la siguiente información:

  • Nombre o nombres, apellidos
  • CURP
  • Órganos jurisdiccional que ordenó el registro
  • Cuantía de la pensión
  • Estado de cumplimiento

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En caso de que desees sacar el pasaporte pero estés registrado como padre deudor alimentario, no se podrá continuar con el trámite pues no tendrás el certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Los que estén al día, podrán salir siempre y cuando garanticen el pago de por lo menos, la mitad del adeudo total.

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